Cuadro de las características de la Edad Media del Renacimiento y la actualidad



EDAD MEDIA
RENACIMIENTO
ACTUALIDAD



Legalidad y legitimidad
En los modelos antiguos de la Edad Media no se distinguía entre legalidad y legitimidad. Dónde según las creencias el  poder viene de Dios, como modelo de legitimidad
En el Estado moderno la legitimidad basada en la legalidad. Lo cual genera como resultado la identificación entre legalidad y legitimidad
En la actualidad se estima que la sujeción a la legalidad no es ya suficiente para hacer del poder estatal un poder legítimo, ahora es necesario que la ciudadanía participe ampliamente en la toma de decisiones.








Derecho natural y derecho de gentes
En la Edad Media, Tomás de Aquino reformulo la idea de ley divina: Dios ha establecido una legislación eterna para el mundo natural y el mundo humano conocido como ley natural. La separación del derecho natural por considerar libre al hombre por nacimiento es la diferencia al derecho de gentes considerándolo como consuetudinario, más no como algo natural.

La baja edad media influyo en los siglos  XVI y XVII, dando a conocer que el derecho natural está constituido por las tendencias naturales más importantes del hombre, entre las que destaca la libertad que siente naturalmente una persona. En esta época se reconoce el derecho de gentes exclusivamente al derecho entre los diferentes estados, se afirma que este existe y que posee tres fuentes: la naturaleza, la voluntad de Dios y el consentimiento.

En la actualidad se asocia el derecho natural a la doctrina moral de la iglesia católica debido a que este es utilizado como código de conducta fijo y ya conocido. En la actualidad el derecho de gentes de emplea más no correctamente, como sinónimo de Derecho Internacional Público.



Derecho de los hombres a partir del principio de libertad y tolerancia
Durante este periodo se dio un paso importante en la consecución de derechos colectivos, estos no se entendían como inherentes a la condición humana sino como garantías concedidas por el soberano
En primer plano están los derechos naturales del hombre: puesto que todos los hombres comparten la misma naturaleza y por lo tanto los mismos derechos.
Se adoptó la declaración universal de los derechos humanos en 1948 dónde existen 30 artículos considerados básicos a partir de la carta de San Francisco.




Dignidad humana


Se construyó el modelo de la dignitas hominis esta pareció emerger para defender y celebrar la “excelencia y la grandeza” de los seres humanos.
En esta época la dignidad del ser humano hace referencia a su capacidad para movilizar sus cualidades humanas más altas para ser fiel al amor y a la confianza que Dios deposito en
Ha enriquecido en su significado, pasando a ser un concepto vinculado a posición social a expresar la autonomía y capacidad moral de las personas, constituyente en el fundamento
https://es.slideshare.net/mobile/JosJohaRivera/derecho-natural-39223327
https://es.m.wikipedia.org/wiki/Renacimiento

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